{"id":151,"date":"2019-01-24T12:39:21","date_gmt":"2019-01-24T12:39:21","guid":{"rendered":"http:\/\/jewelry-store.dv.themerex.net\/?p=1"},"modified":"2020-05-11T18:46:38","modified_gmt":"2020-05-11T18:46:38","slug":"directrices-plan-actual","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.carballoasesores.es\/new\/directrices-plan-actual\/","title":{"rendered":"Directrices Plan Anual de Control Tributario y Aduanero de 2018"},"content":{"rendered":"<p>El martes 11 de enero de 2019 se ha publicado en el B.O.E. el Plan de Control Tributario y Aduanero de 2018 (Resoluci\u00f3n de 11 de enero de 2019).<\/p>\n<p>Este nuevo Plan sigue la tendencia de a\u00f1os anteriores de aumentar e intensificar las actuaciones investigadoras y comprobadoras de los \u00f3rganos de la AEAT en sus campos de actuaci\u00f3n prioritario, si bien plantea una estructura distinta a la de a\u00f1os anteriores, girando en torno a cuatro grandes \u00e1reas:<\/p>\n<ol>\n<li>Informaci\u00f3n y asistencia. Prevenci\u00f3n de los incumplimientos.<\/li>\n<li>La investigaci\u00f3n y las actuaciones de comprobaci\u00f3n del fraude tributario y aduanero.<\/li>\n<li>Control de fraude en fase recaudatoria.<\/li>\n<li>Colaboraci\u00f3n entre la Agencia Tributaria y las Administraciones tributarias de las Comunidades Aut\u00f3nomas.<\/li>\n<\/ol>\n<h4>I. Prevenci\u00f3n del fraude. Investigaci\u00f3n y asistencia<\/h4>\n<p>En el marco de la prevenci\u00f3n del fraude fiscal, se apuesta por el dise\u00f1o de una estrategia de asistencia integral que consiga reducir las cargas administrativas soportadas por los contribuyentes y favorecer el cumplimiento voluntario de las obligaciones tributarias, desarrollando un nuevo modelo de asistencia al contribuyente, que se materializar\u00e1 en las siguientes actuaciones:<\/p>\n<ul>\n<li>Se impulsar\u00e1n los canales de asistencia al contribuyente por medios electr\u00f3nicos y telef\u00f3nicos, as\u00ed como la actualizaci\u00f3n de contenidos del Asistente Virtual tras su implantaci\u00f3n en 2018. Se pretende finalizar el dise\u00f1o del asistente del IVA \u201cAVIVA\u201d, en Octubre 2019.<\/li>\n<li>Asistencia en la campa\u00f1a de Renta. En RENTA WEB se modifica el programa de cartera de valores con la precumplimentaci\u00f3n de datos, obtenidos de los modelos 189 y 198. Se ofrece el acceso a la aplicaci\u00f3n m\u00f3vil con cl@vePIN o referencia.<\/li>\n<li>Se potencia el cumplimiento voluntario de datos fiscales y se mejoran las actuaciones de control censal. Se elabora un asistente de declaraci\u00f3n censal para el contribuyente y un nuevo formulario.<\/li>\n<\/ul>\n<h4>II. Investigaci\u00f3n y control del fraude tributario y aduanero<\/h4>\n<p><strong> 1. Nuevas fuentes de informaci\u00f3n y avances tecnol\u00f3gicos en el an\u00e1lisis de riesgos<\/strong><\/p>\n<p>La informaci\u00f3n de que tradicionalmente dispone la Administraci\u00f3n tributaria (facilitada por los propios obligados tributarios y los terceros con que \u00e9stos se relacionan) para la detecci\u00f3n del fraude, se completa mediante:<\/p>\n<ul>\n<li>El implemento de un nuevo sistema de control de riesgos, creando colectivos de especial riesgo y seguimiento por la AEAT.<\/li>\n<li>Se incrementa el nivel de informaci\u00f3n disponible por la AEAT:\u00a0<em>Suministro Inmediato de<\/em>\u00a0<em>Informaci\u00f3n<\/em>, sistema SII, mediante el alta en el sistema de las facturas recibidas y emitidas para los contribuyentes integrantes del sistema. As\u00ed como la informaci\u00f3n complementada en a\u00f1os anteriores por el modelo 720 (bienes y derechos en el exterior).<\/li>\n<li>Acuerdos internacionales de intercambio de informaci\u00f3n; Implementaci\u00f3n del intercambio de informaci\u00f3n sobre cuentas financieras en el marco del acuerdo FATCA, entre Espa\u00f1a y EE.UU; Acuerdo CRS (<em>Common Reportind Standart<\/em>) de intercambio autom\u00e1tico de informaci\u00f3n entre 102 pa\u00edses sobre cuentas financieras en el extranjero de residentes; Informaci\u00f3n \u201cPa\u00eds por Pa\u00eds\u201d, sobre la erosi\u00f3n de la base imponible y traslado de beneficios de corporaciones internacionales, conocido como proyecto BEPS. Todo ello coordinado por la Oficina de Fiscalidad Internacional.<\/li>\n<li>Deber de informaci\u00f3n in\u00e9dita en 2019; Obligaci\u00f3n de informar de las t\u00e9cnicas de planificaci\u00f3n agresiva y otras t\u00e9cnicas de ocultaci\u00f3n de titularidad de activos y rentas. Trasposici\u00f3n de la Directiva 2011\/16 EU. Estar\u00e1 obligado cualquier asesor o consultor.<\/li>\n<\/ul>\n<p>A partir de la informaci\u00f3n anterior, la Agencia Tributaria trabajar\u00e1 en el desarrollo de modelos de an\u00e1lisis de riesgo que permitan anticipar y optimizar el uso que haya de darse a la nueva informaci\u00f3n que se reciba, a partir del momento de su recepci\u00f3n.<\/p>\n<p><strong> 2. Control de tributos internos<\/strong><\/p>\n<ul>\n<li>Grupos multinacionales y grandes empresas:<\/li>\n<\/ul>\n<ul>\n<li>Se van a desarrollar dos l\u00edneas de actuaci\u00f3n; Medidas preventivas de control de precios de transferencias a trav\u00e9s de personal especializado de la agencia tributaria. La resoluci\u00f3n de conflictos se solventar\u00e1 por el procedimiento amistoso MAP (<em>Mutual Agreement Procedure)<\/em>. Como segunda medida se implementan actuaciones de inspecci\u00f3n, se pretenden potenciar herramientas como el proyecto BEPS as\u00ed como la informaci\u00f3n \u201cPa\u00eds por Pais\u201d, permitiendo elaborar un mejor an\u00e1lisis de riesgos a trav\u00e9s de, entre otros, la elaboraci\u00f3n de indicadores, \u00edndices y modelos, y de la identificaci\u00f3n de pautas de comportamiento de alto riesgo fiscal.<\/li>\n<li>Las principales \u00e1reas de actuaci\u00f3n ir\u00e1n dirigidas a; Medias antielusi\u00f3n, precios de transferencia, establecimientos permanentes, para\u00edsos fiscales y r\u00e9gimenes preferenciales.<\/li>\n<\/ul>\n<ul>\n<li>An\u00e1lisis patrimonial:<\/li>\n<\/ul>\n<ul>\n<li>La Agencia Tributaria potenciar\u00e1 las actuaciones encaminadas a la detecci\u00f3n de bienes, derechos ocultos y rentas no declaradas con el objeto de regularizar las situaciones calificadas como defraudatorias.<br \/>\n\u00b7 Se afianza el control reforzado sobre grandes patrimonios mediante cauces de investigaci\u00f3n espec\u00edficos. Se seguir\u00e1 perfeccionando el mecanismo de informaci\u00f3n autom\u00e1tica CRS (<em>Common Reporting Standart<\/em>). Se continuar\u00e1n impulsando las investigaciones de conductas de fraude fiscal que supongan una desimposici\u00f3n derivada de la simulaci\u00f3n de la residencia fiscal fuera del territorio espa\u00f1ol.<br \/>\n\u00b7 Ser\u00e1 fundamental la labor de la nueva Unidad Central de coordinaci\u00f3n del Control de Patrimonios Relevantes creada en el seno de la Oficina Nacional de Investigaci\u00f3n del Fraude, con vocaci\u00f3n de coordinar e impulsar en todo el territorio las iniciativas que en este campo vienen siendo realizadas desde hace a\u00f1os por la Inspecci\u00f3n.<\/li>\n<\/ul>\n<ul>\n<li>Ocultaci\u00f3n de actividades empresariales o profesionales y uso abusivo de sociedades:<\/li>\n<\/ul>\n<ul>\n<li>La agencia tributaria prestar\u00e1 especial atenci\u00f3n a la interposici\u00f3n de personas jur\u00eddicas cuya \u00fanica significaci\u00f3n econ\u00f3mica sea la de servir como instrumento para canalizar rentas de personas f\u00edsicas, tributando de forma reducida y de modo irregular por la actual diferencia de tipos impositivos.<\/li>\n<\/ul>\n<p>En particular, destacan las siguientes actuaciones en esta materia:<\/p>\n<ul>\n<li>Aumento de la presencia de la actuaci\u00f3n Administraci\u00f3n en sectores y modelos de negocio en los que los niveles de econom\u00eda sumergida destacan por una especial percepci\u00f3n social sobre su propia existencia.<br \/>\n\u00b7 Personaci\u00f3n en las sedes relacionados con aquellos supuestos m\u00e1s graves de falta de ingresos declarados y, en general, cualquier otro incumplimiento susceptible de regularizaci\u00f3n.<br \/>\n\u00b7 Se presta especial atenci\u00f3n a las actividades donde se produzca el consumo final, controlando la repercusi\u00f3n final del IVA en la cadena del impuesto.<br \/>\n\u00b7 Especial atenci\u00f3n a sociedades sin actividad productiva como veh\u00edculo de ocultaci\u00f3n de rentas.<br \/>\n\u00b7 Se analizar\u00e1 los supuestos de sociedades vinculadas con personas o grupo familiares con el fin de evaluar la minoraci\u00f3n de las rentas o bases declaradas.<\/li>\n<\/ul>\n<ul>\n<li>An\u00e1lisis de nuevos modelos de negocio:<\/li>\n<\/ul>\n<ul>\n<li>Se estudiar\u00e1n las tecnolog\u00edas FINTECH para evitar que su actividad merme el conocimiento que la AEAT tiene de \u00e9sta.<br \/>\n\u00b7 Se vigilar\u00e1 la distribuci\u00f3n de bienes y servicios a trav\u00e9s del comercio electr\u00f3nico, en especial actividades como la \u00abtriangulaci\u00f3n de env\u00edos\u00bb, en la que las ventas realizadas por una empresa son entregadas por otras. Evitando el perjuicio del comerciante establecido en Espa\u00f1a.<br \/>\n\u00b7 Control de uso de monederos electr\u00f3nicos y de sistemas de transferencias instant\u00e1neas.<br \/>\n\u00b7 Se controlar\u00e1 las actividades de log\u00edstica vinculadas al comercio electr\u00f3nico, vigilando la correcta tributaci\u00f3n directa e indirecta.<br \/>\n\u00b7 En relaci\u00f3n con las criptomonedas se analizar\u00e1 la informaci\u00f3n obtenida por terceros en 2018, en relaci\u00f3n a las operaciones realizadas y a la espera de la nueva normativa que regule estas actividades en 2019.<\/li>\n<\/ul>\n<p>Otras actuaciones:<br \/>\n\u00b7\u00a0<u>Actuaciones de control relativas al IVA<\/u>: en especial mediante el an\u00e1lisis de la informaci\u00f3n obtenida a trav\u00e9s del Suministro Inmediato de Informaci\u00f3n (SII).<br \/>\n\u00b7\u00a0<u>Actuaciones de control vinculadas a la existencia de tramas de IVA<\/u>: Se refuerza la cooperaci\u00f3n administrativa en el IVA entre los distintos pa\u00edses de la Uni\u00f3n Europea para combatir de manera m\u00e1s eficaz el fraude transfronterizo, en especial mediante un control preventivo del Registro de Operadores Intracomunitario, y control de las tramas en el marco de la entrega de material y componentes electr\u00f3nicos, veh\u00edculos y productos de consumo, textiles y otros de origen asi\u00e1tico. As\u00ed como las importaciones de bienes a los siguientes adquirentes no amparadas por la inversi\u00f3n del sujeto pasivo.<br \/>\nControl de las tramas al IVA intracomunitario en el sector del autom\u00f3vil.<br \/>\n<u>\u00b7 Control sobre los dep\u00f3sitos fiscales y dep\u00f3sitos distintos de los aduaneros para evitar la utilizaci\u00f3n de estos reg\u00edmenes con fines de elusi\u00f3n fiscal.<br \/>\n\u00b7 Control del reembolso del IVA soportado en las adquisiciones de bienes efectuadas por los viajeros no residentes en el territorio de aplicaci\u00f3n del impuesto.<br \/>\n\u00b7 Actuaciones de control relacionadas con el Impuesto sobre Sociedades.<\/u>\u00a0Se realiza un especial seguimiento a las sociedades de muy baja tributaci\u00f3n, con actuaciones conjuntas del \u00e1rea de Gesti\u00f3n e inspecci\u00f3n.<br \/>\n\u00b7\u00a0<u>Actuaciones de control sobre grupos fiscales y entidades.<\/u>\u00a0\u00a0Especial atenci\u00f3n a la compensaci\u00f3n de bases imponibles negativas de ejercicios anteriores y a los Contribuyentes integrados en los grupos que aplican el r\u00e9gimen del grupo de entidades del Impuesto sobre el Valor A\u00f1adido.<br \/>\n\u00b7\u00a0<u>La AEAT actuar\u00e1 sobre el censo de empresas pr\u00e1cticamente inactivas<\/u>, forzando el cierre para ellas del registro Mercantil a trav\u00e9s de la revocaci\u00f3n del NIF. Al tiempo, intentar\u00e1 tutelar censalmente a las nuevas entidades.<br \/>\n\u00b7\u00a0<u>En el \u00e1mbito de coordinaci\u00f3n con otras Administraciones<\/u>, la novedad es que se pretende aumentar con las Haciendas Forales la comprobaci\u00f3n de domicilios y vol\u00famenes de operaciones que corresponden a cada territorio.<br \/>\n\u00b7 Intensificaci\u00f3n de las actuaciones de control tendentes a comprobar el adecuado cumplimiento de los requisitos espec\u00edficos previstos para<u>\u00a0la correcta aplicaci\u00f3n del r\u00e9gimen fiscal especial de las entidades sin fines lucrativos<\/u><\/p>\n<p><strong> 3. Control del fraude aduanero, de los Impuestos Especiales y Medioambientales<\/strong><\/p>\n<ul>\n<li>La agencia tributaria realizar\u00e1 las adaptaciones necesarias en los sistemas inform\u00e1ticos para garantizar la normal tramitaci\u00f3n aduanera tras la salida del Reino Unido e intensificar\u00e1 la informaci\u00f3n a los operadores a trav\u00e9s de su p\u00e1gina web.<br \/>\n\u00b7 Se va a intensificar la tramitaci\u00f3n de autorizaciones de declaraciones simplificadas para aquellos operadores que no conocen el valor en aduana de las mercanc\u00edas en el momento de la importaci\u00f3n, realizando an\u00e1lisis de riego de las declaraciones aduaneras.<br \/>\n\u00b7 Las actuaciones aduaneras en 2019 se van a dirigir a; Control en los recintos aduaneros, control de los movimientos de efectivo por viajeros para detectar cantidades no declaradas, control de las declaraciones aduaneras con especial seguimiento de la declaraci\u00f3n de valores en aduana.<br \/>\n\u00b7 En lo referente a los Impuestos Especiales de Fabricaci\u00f3n, se continuar\u00e1 con el control de las obligaciones formales, en particular, en relaci\u00f3n con los productos en r\u00e9gimen suspensivo. De igual modo, en este mismo \u00e1mbito se continuar\u00e1 con el control espec\u00edfico del movimiento y existencias de productos en f\u00e1bricas, dep\u00f3sitos fiscales y almacenes fiscales.<\/li>\n<\/ul>\n<p><strong> 4. Prevenci\u00f3n y represi\u00f3n del contrabando, narcotr\u00e1fico y blanqueo de capitales<\/strong><\/p>\n<p>La Agencia Tributaria continuar\u00e1 con su labor de prevenci\u00f3n y represi\u00f3n del contrabando, el narcotr\u00e1fico y el blanqueo de capitales procedente de il\u00edcitos, principalmente actuando de manera integral contra las estructuras log\u00edsticas y financieras de las organizaciones criminales para su completa desarticulaci\u00f3n.<\/p>\n<h4>III. Control del fraude en fase recaudatoria<\/h4>\n<ul>\n<li>Medidas de prevenci\u00f3n y control del fraude:<\/li>\n<\/ul>\n<ul>\n<li>Mejora en la evaluaci\u00f3n del riesgo recaudatorio. Se dise\u00f1aran perfiles de riego que creen colectivos.<br \/>\n\u00b7 Adopci\u00f3n de derivaciones de responsabilidad, exigiendo a terceros obligados al pago. Actuaciones de investigaci\u00f3n que permitan derivar responsabilidad a terceros y sucesores por deudas tributarias.<br \/>\n\u00b7 Adopci\u00f3n de medidas cautelares: embargos preventivos de bienes y derechos del deudor, cuando existan indicios racionales de que \u00e9ste pueda obstaculizar o impedir la acci\u00f3n de cobro de las deudas.<br \/>\n\u00b7 Persecuci\u00f3n del delito contra la Hacienda P\u00fablica y contrabando, para exaccionar las deudas por responsabilidad civil y penas de multa cuyo cobro se encomiende a la Agencia Tributaria.<br \/>\n\u00b7 Seguimiento de insolvencias aparentes. Se vigilar\u00e1 la creaci\u00f3n de nuevas sociedades para crear una apariencia de insolvencia en el contribuyente.<br \/>\n\u00b7 Cooperaci\u00f3n con otras Administraciones P\u00fablicas. Est\u00e1 prevista la puesta en marcha de un mecanismo de cooperaci\u00f3n con otras Administraciones P\u00fablicas, denominado Punto Neutro. Sistema que cruzar\u00e1 informaci\u00f3n de las diligencias de embargo contra los contribuyentes y que a la vez sean acreedores.<\/li>\n<\/ul>\n<ul>\n<li>Otras medidas:<\/li>\n<\/ul>\n<ul>\n<li>Se reorienta la pol\u00edtica de aplazamientos. Se revisar\u00e1 la suficiencia de las garant\u00edas aportadas.<br \/>\n\u00b7 Se controlar\u00e1 la deuda en per\u00edodo ejecutivo, sobre todo en fase de embargo.<br \/>\n\u00b7 Control de las deudas suspendidas por recursos o reclamaciones.<br \/>\n\u00b7 Se integra en el Bolet\u00edn Oficial de Estado la subasta, dentro del procedimiento de enajenaci\u00f3n, otorgando mayor accesibilidad y visibilidad al proceso.<\/li>\n<\/ul>\n<h4>IV. Colaboraci\u00f3n entre la Agencia Tributaria y las Administraciones tributarias de las Comunidades Aut\u00f3nomas<\/h4>\n<ul>\n<li>Control de las deducciones sobre el tramo auton\u00f3mico en el IRPF, as\u00ed como de situaciones de discapacidad y familia numerosa.<\/li>\n<li>Cruce de informaci\u00f3n de la titularidad de bienes y derechos, incluidos en el extranjero, que consten en las declaraciones del Impuesto Sobre Sucesiones y Donaciones o del Impuesto sobre el Patrimonio, que permitan detectar contribuyentes no declarantes en dichos impuestos.<\/li>\n<li>Coordinaci\u00f3n en la determinaci\u00f3n de la tributaci\u00f3n por ITP o IVA de operaciones inmobiliarias relevantes.<\/li>\n<li>Comprobaci\u00f3n de las operaciones societarias m\u00e1s relevantes no sujetas del ITP y AJD por haberse acogido al r\u00e9gimen fiscal especial del Cap\u00edtulo VII del T\u00edtulo VII de la Ley del Impuesto sobre Sociedades.<\/li>\n<li>Comprobaci\u00f3n de la principal fuente de renta para verificar el cumplimiento de los requisitos para la aplicaci\u00f3n de beneficios fiscales en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.<\/li>\n<li>Control de los requisitos para la aplicaci\u00f3n del r\u00e9gimen fiscal de las cooperativas.<\/li>\n<li>Control de los domicilios declarados y sus modificaciones.<\/li>\n<li>Comprobaci\u00f3n de los requisitos para el disfrute de la exenci\u00f3n o bonificaci\u00f3n del IEDMT (Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte) por adquisici\u00f3n de veh\u00edculos a minusv\u00e1lidos y familias numerosas.<\/li>\n<\/ul>\n<hr \/>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El martes 11 de enero de 2019 se ha publicado en el B.O.E. el Plan de Control Tributario y Aduanero de 2018 (Resoluci\u00f3n de 11 de enero de 2019). Este nuevo Plan sigue la tendencia de a\u00f1os anteriores de aumentar e intensificar las actuaciones investigadoras y comprobadoras de los \u00f3rganos de la AEAT en sus campos de actuaci\u00f3n prioritario, si&hellip;<\/p>\n","protected":false},"author":2,"featured_media":0,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":[],"categories":[18,15],"tags":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.carballoasesores.es\/new\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/151"}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.carballoasesores.es\/new\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.carballoasesores.es\/new\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.carballoasesores.es\/new\/wp-json\/wp\/v2\/users\/2"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.carballoasesores.es\/new\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=151"}],"version-history":[{"count":6,"href":"https:\/\/www.carballoasesores.es\/new\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/151\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":1658,"href":"https:\/\/www.carballoasesores.es\/new\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/151\/revisions\/1658"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.carballoasesores.es\/new\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=151"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.carballoasesores.es\/new\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=151"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.carballoasesores.es\/new\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=151"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}