En el marco de la valoración de bienes inmuebles a efectos fiscales, la Ley 11/2021 introdujo el concepto de “valor de referencia” como valor mínimo de tributación en el ámbito del ITPAJD y del ISD, y sin perjuicio de la aplicación del valor declarado, precio o contraprestación cuando resulte superior. La publicación del citado valor de referencia individualizado para cada inmueble corresponde a la Dirección General del Catastro, estando anunciada su publicación en la página web del Catastro a partir del 1 de enero de 2022.